BIOCIDAS
La Comisión de Medio Ambiente del Parlamento Europeo votó el 4 de octubre de 2011 la segunda lectura sobre la comercialización y usos de los productos biocidas.
Entre los aspectos más importantes de este proyecto legislativo se incluyen los siguientes puntos:
- la obligación de los Estados Miembros para garantizar la autorización, clasificación, etiquetado, envasado y uso adecuado de los productos biocidas,
- la autorización de la UE de nuevas sustancias y biocidas de bajo-riesgo que podrán ser utilizadas a partir de 2013,
- un periodo transitorio antes de empezar con la nueva legislación a 2017,
- los fabricantes se responsabilizarán de la comercialización de los biocidas y de las sustancias activas después obtener la autorización previa,
- un nuevo régimen para los productos tratados (cualquier artículo tratado con sustancias o mezclas de productos que van desde repelentes hasta productos antibaterianos, incluídos textiles o madera),
- controlar los daños importantes contra la salud pública, animales o el medio ambiente debidos a sustancias que contienen los ingredientes más peligrosos
- simplificar los procedimientos para los productos no peligros y el acceso al sistema de datos para reducir las cargas administrativas para los solicitantes.
Nota: Las actuales legislaciones de la UE serán remplazadas por la nueva regulación de productos biocidas que se espera surja efecto en 2013.