Tal y como se establece en la 9ª Adaptación al Progreso Técnico del Reglamento CLP (ATP), la entrada en vigor del mismo es el 1 de marzo de 2018, a partir de ese momento no se podrá comercializar ni poner en el mercado ningún producto rodenticida cuya etiqueta no esté adaptada a la nueva clasificación que establece esta ATP.
No obstante y de acuerdo con lo establecido en el artículo 52 del Reglamento de Productos Biocidas (BRP), estos productos aún pueden utilizarse durante un periodo máximo de 6 meses a partir de la fecha de 1 de marzo de 2018, lo que nos llevaría al 1 de septiembre de 2018.
RESUMIENDO:
1. A partir del 1 de marzo de 2018 no se podrán comercializar rodenticidas con etiquetado que no esté conforme con el CLP.
2. A partir del 1 de septiembre de 2018 no se podrán utilizar/aplicar rodenticidas con etiquetado que no esté conforme con el CLP.
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